La actuación preventiva en la empresa se basa en la adquisición de equipos seguros, la utilización y el mantenimiento apropiados, la evaluación de riesgos, y la formación de los trabajadores, en aplicación de los Principios de la Acción Preventiva (art.15) establecidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Para que esto se haga así, la empresa tiene que tener dispuesto en su Plan de prevención cómo va a proceder en este tema. Especialmente, tiene que indicar por escrito su procedimiento para la selección y adquisición de equipos de trabajo.
Equipos seguros
Las máquinas comercializadas y puestas en uso han de ser seguras, es decir, concebidas y diseñadas teniendo en cuenta todas las exigencias de seguridad.
La normativa sobre equipos establece que los equipos que se utilicen en el trabajo deben estar construidos de acuerdo a unas determinadas disposiciones. Estas regulan cómo deben estar dispuestos ciertos elementos de especial peligrosidad (por ejemplo, las partes móviles de una máquina, que pueden causar atrapamientos, golpes, desprendimientos, etc.).
El fabricante ha de seguir las normas técnicas aplicables a la maquina que fabrica. De este modo, se pretende que sea el fabricante el que asegure que la máquina no compromete la seguridad ni la salud de las personas, cuando está instalada y mantenida convenientemente y se utiliza de acuerdo con su destino. El fabricante deben incluso garantizar la seguridad de todos los usos razonables de la máquina, y prever dispositivos que dificulten su uso anormal.
La adopción de todas estas medidas permite que el fabricante obtenga la "declaración de conformidad" y que pueda poner el marcado CE al equipo. Esto posibilita la puesta en servicio de la máquina y la libre comercialización por los Estados miembros de la Unión Europea. Cada equipo llevará, de forma legible e indeleble, como mínimo las indicaciones siguientes: nombre y dirección del fabricante; el marcado (no inferior a 5 mm); designación de la serie o modelo y número de serie, si existiera.
El fabricante tiene también que elaborar un completo manual de instrucciones, que debe estar a disposición de los trabajadores. Debe estar redactado en el idioma comprensible del país donde vaya a usarse la máquina, que obligatoriamente se debe entregar junto con la misma. En este manual se describirán todas las características técnicas de la máquina; condiciones de uso, montaje y mantenimiento; dispositivos de seguridad incorporados, riesgos residuales, formas de evitarlos y, si es necesario, y las instrucciones para que puedan efectuarse sin riesgo la puesta en servicio, utilización, mantenimiento, instalación y montaje del equipo.
"Por lo que se refiere a las máquinas, si han sido comercializadas y puestas en uso con anterioridad a 1-1-1995, a ellas no les es de aplicación el Real Decreto 1435/92, por lo que no tendrán el marcado "CE" ni la declaración de conformidad del fabricante.
Sin embargo, sí les es de aplicación el REAL DECRETO 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, el cual establecía un plazo (ya transcurrido) para que los usuarios de equipos de trabajo los adecuaran al Real Decreto.
Por lo tanto, el usuario de estas máquinas (es decir, el empresario) deberá ponerlas en conformidad con el Real Decreto 1215/97, efectuando en ellas las modificaciones necesarias para que cada máquina cumpla todas las condiciones que, para los distintos tipos de máquinas, establece el Real Decreto.
Si el empresario usuario de una máquina quiere asegurarse documentalmente de que ésta cumple el Real Decreto 1215/97, puede solicitar de un Organismo de Control Autorizado (OCA) que proceda a la revisión de la máquina y expida, en su caso, un documento de que la misma cumple con el Real Decreto 1215/97, pero bien entendido que este requisito no está establecido ni regulado por el Real Decreto, por lo que no es obligatorio.
No obstante, conviene aclarar que, además de los Organismos de Control Autorizados (OCA), el denominado "certificado de conformidad" de equipos puede ser expedido por cualquier Técnico competente, cuya titulación universitaria o profesional le habilite al respecto. "
Texto tomado de la Guía de Actuación Inspectora respecto de la evaluación de equipos, de la ITSS.
La declaración de conformidad y marca «CE» pretenden evitar que haga falta hacer comprobaciones sobre la seguridad de la máquina misma (y ello no implica que no sea neceario evaluar si las condiciones de utilización, mantenimiento y emplazamientos sonlas adecuadas).
Además, pueden surgir casos en que esto no sea así, y por ello en todo caso, se ha de realizar la evaluación de riesgos. Si la evaluación revela que este riesgo no queda suficientemente controlado y/o que la máquina es mejorable, se debería poner en conocimiento de las autoridades de industria.
Algunas mejoras propuestas por trabajadores han sido incorporadas a normas técnicas, como señalan varias publicaciones de la Confederación Europea de Sindicatos.
Origen de la normativa de seguridad en los productos
La normativa europea de seguridad en los productos establece que sólo se pueden comercializar productos seguros y con unos niveles de calidad suficientes.
Este objetivo están contemplados en las políticas llamadas de NUEVO ENFOQUE y ENFOQUE GLOBAL de la UE, que en su origen tuvieron como objetivo principal el eliminar los obstáculos técnicos para la circulación en el mercado de productos europeos en terceros países y limitar los productos externos.
Sin embargo, estas normas tienen el efecto de elevar los niveles de seguridad, y por ello se consideran como parte de la normativa que afecta a la seguridad y salud en el trabajo.
El Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas realizó la trasposición al derecho interno español de las disposiciones establecidas en la materia por la Directiva 2006/42/CE. Y el Real Decreto 494/2012 introdujo en ésta norma los riesgos de aplicación de plaguicidas.
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