Equipos que no tienen la consideración de máquinas
Equipos que no tienen la consideración de máquinas
Hay equipos (aparatos o instalaciones) diversos que la normativa no los considera específicamente como “máquinas” . A estos se les aplican Reglamentos específicos, con sus correspondientes Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC).
- Aparatos a Presión.
- Recipientes a Presión Simples.
- Aparatos de Gas.
- Instalaciones de Gas.
- Almacenamiento y Distribución de Gases Licuados del Petróleo Envasados,
Instalaciones Petrolíferas. - Almacenamiento de Productos Químicos.
- Instalaciones de Calefacción, Climatización y Agua Caliente Sanitaria.
- Plantas e Instalaciones Frigoríficas.
- Instalaciones de Protección contra Incendios.
- Ascensores, Aparatos de Elevación y Manutención.
- Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.
- Reglamento de Líneas Aéreas de Alta Tensión.
- Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales eléctricas, Subestaciones y Centros de transformación.
- Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes.
- Instalaciones nucleares y radioactivas.
- Instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico.
- Medidas de protección de los trabajadores frente a los riesgos de exposición al ruido.
- Aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas.