La codecisión en la elección de la mutua
La elección de la mutua debe basarse en la calidad de los servicios. Las mutuas han de saber que sus “clientes” no sólo son las empresas sino también los trabajadores/as.
A la hora de negociar con la empresa la elección de la mutua, la intervención de los y las representantes de los trabajadores es decisiva, ya sea a través del convenio colectivo, del Comité de Empresa o del Comité de Seguridad y Salud.
La legislación establece que antes de la afiliación de una empresa a una Mutua es perceptiva la información a la representación sindical, que debe emitir un informe. Dicho informe se debe adjuntar cuando la empresa solicita la afiliación a la mutua. El incumplimiento de dicho requisito puede ser denunciado a la Inspección de Trabajo.
Ante la solicitud por parte de la empresa para que una mutua gestione la Incapacidad Temporal por Contingencias Comunes, los requisitos son los mismos que los señalados en el punto anterior.
Criterios de calidad
Tanto para la elección de Mutua como para el seguimiento de la actividad desarrollada por la misma son fundamentales dos aspectos:
- Los medios humanos y materiales con los que cuenta la Mutua en el territorio.
- Apertura de la Mutua a la interlocución con la representación sindical: que esta pueda dirigirse a la mutua para solucionar cualquier problema que pudiera surgir, de una manera ágil y eficaz.
Cambio de Mutua
Cuando el funcionamiento de la Mutua no es satisfactorio, hay varias vias de actuación (Ver Problemas con las MUTUAS).
Si de todos modos los delegado/as quieren plantear a la empresa el cambio de mutua, hay que tomar en cuenta que el contrato entre empresa y mutua es de un año y que se renueva automáticamente si ninguna de las partes lo denuncia. Dicha denuncia se debe realizar, como mínimo, un mes antes de este período, por lo que se debe planificar con tiempo suficiente la discusión sobre el tema. La fecha del contrato con la mutua está en el documento de asociación.
Cuando el cambio es una iniciativa del empresario/a, hay que tener en cuenta que para que se haga efectiva debe contar con la representación de los trabajadores, que ha de emitir informe previo al cambio de mutua (ver noticia).