Con el fin de asegurar que los representantes de los trabajadores en salud laboral estén adecuadamente informados, la Dirección pondrá a su disposición las siguientes informaciones en relación con las condiciones de trabajo y salud:
- De manera regular:
- Estadísticas de accidentes.
- Notificación de incidentes y/o accidentes graves.
- Notificación de cualquier sospecha de enfermedad profesional.
- Estadísticas de enfermedades que causan baja.
- Estadísticas de los resultados de la vigilancia periódica de la salud de los trabajadores/as.
- Cualquier información obtenida por los responsables del centro de trabajo sobre riesgos de los materiales y maquinaria utilizados.
- Notificación de cualquier nueva sustancia, maquinaria o cambio tecnológico u organizativo que se pretenda introducir, con información sobre sus riesgos potenciales.
- Resultados de todas las mediciones y evaluaciones de riesgos.
- Planes de formación en salud laboral.
- Cualquier información o recomendación emitida por la Inspección de Trabajo u otras instancias institucionales.
- Cualquier informe emitido por los Servicios de Prevención o bien por consultores externos, sobre riesgos, daños o medidas de prevención.
- Información según demanda:
- Copia de reglamentos y normativas relevantes en materia de salud laboral.
- Documentación en poder de los responsables del centro acerca de las investigaciones realizadas sobre riesgos de los materiales y maquinaria utilizados.
- Todos los detalles obtenidos de los proveedores sobre los productos químicos.
- Información disponible sobre diferentes sistemas de trabajo o de prevención en empresas con operaciones similares.
- Informes sobre la evolución de los niveles de exposición a riesgos e incidencia de problemas de salud en el centro.
- Información disponible sobre medios de protección colectiva e individual.
La información estadística se elaborará previo acuerdo sobre la forma de distribución y presentación de los datos.
En caso contrario e/la responsable del centro entregará los datos individuales en soporte electrónico (fichero) de forma que los delegados/as puedan realizar el tratamiento que consideren adecuado, salvando la privacidad de la información. La eventual respuesta negativa por parte del centro a una solicitud de información sobre salud y seguridad en el trabajo deberá ser justificada por escrito. Se considerará denegada una solicitud de información que no haya obtenido respuesta en el plazo de un mes.
Para facilitar y aumentar el grado de información, la empresa dedicará una partida económica, (que se debe actualizar cada año), para la adquisición o suscripción de libros y revistas de salud laboral, así como para la reproducción de materiales por los delegados/as de prevención.
Por acuerdo del Comité de Seguridad y Salud, el centro editará materiales de difusión con las informaciones más relevantes para el conocimiento de todos los trabajadores/as.