Medida 9: Teletrabajo

Agentes implicados:

  • Empresa.
  • Trabajadores que se puedan y quieran adaptar a estas nuevas formas de trabajo.

Medios necesarios:

  • Vivienda de los trabajadores.
  • Telecentros.
  • Ordenador y conexión telefónica.

Organización de la medida:

  • El teletrabajo puede ser a tiempo completo o parcial, pudiéndose celebrar reuniones de coordinación presenciales en la empresa (una a la semana o cada 15 días).
  • Otra forma puede plantear el teletrabajo únicamente los días de la semana más conflictivos para la congestión (lunes y viernes) y el resto acceder hasta la empresa. Los días y forma en que se realice deberá ser un acuerdo entre trabajador y empresa.

Beneficios:

  • El trabajador evita la congestión circulatoria en el viaje al trabajo.
  • Supone también un ahorro económico.
  • No tiene que madrugar y puede gestionar su tiempo como le convenga.
  • Ayuda a la conciliación de la vida familiar.

Financiación:

  • El empresario deberá adquirir ordenadores portátiles dotados con los sistemas de conexión a través de internet que permitan el trabajo de sus trabajadores.
  • Se podrá negociar alguna subvención para asumir gastos de electricidad y teléfono, así como una compensación por el espacio dedicado a oficina en la vivienda.

Referencia: