Cuando no se haya podido eliminar el riesgo químico, deberemos solicitar la realización de evaluaciones técnicas detalladas de los riesgos para la salud y/o para el medio ambiente. La evaluación técnica del riesgo de exposición puede no ser necesaria si el riesgo de exposición a la sustancia o las sustancias por ese uso ya ha sido previamente evaluado en cumplimiento del Reglamento REACH. Esta información, estará disponible en los Escenarios de Exposición de las Fichas de Seguridad Química.
RD 39/1997, art. 3 a 5.
RD 374/2001, art. 3
Reglamento REACH, art. 31
Para saber cuántos contaminantes hay o para demostrar la presencia de contaminantes, necesitamos la ayuda técnica de higienistas o médicos que pueden realizar una toma de muestras en el ambiente de trabajo o en los trabajadores y trabajadoras (sangre, orina, aire respirado, etc.) respectivamente. Los resultados de estas muestras se comparan con los llamados valores límite de exposición (VLA y VLB). Es obligación del empresario informar a los trabajadores y a sus representantes de los resultados de las mencionadas evaluaciones.
RD 374/2001, art. 9.2).
La Evaluación de Riesgos y el Plan de Prevención son acciones que deben realizar todas las empresas y los documentos preceptivos deben incluir los riesgos químicos existentes en la empresa). Es necesario comprobar que estos documentos incluyen todos los riesgos químicos que has identificado en las etapas anteriores y negociar que el plan de prevención incluya las medidas que consideráis necesarias y prioritarias.
LPRL, art. 16.2, 23 y 36.2.b
En muchas ocasiones, por diversas razones, las evaluaciones técnicas de riesgos químicos no incluyen todos los datos y las mediciones necesarias para una correcta evaluación de los riesgos. Los DPs tienen el derecho de acompañar a los técnicos y asegurarse así que se cumplen al menos unos requisitos mínimos:
LPRL art. 36.2.a
- Que se tienen en cuenta todos los productos y sustancias utilizadas o presentes en el ambiente de trabajo, incluyendo subproductos (gases, vapores, sustancias intermediarias) que puedan producirse durante la manipulación de productos iniciales o materias primas o a consecuencia del proceso productivo.
- Que la evaluación incluye todos los riesgos (accidentes y exposiciones: respiratoria, dérmica y oral )
- Que la evaluación incluye a todos trabajadores expuestos y aquellos especialmente sensibles (menores de edad, embarazadas)
- Que la evaluación debe de tener en cuenta las condiciones de trabajo habituales y también tareas esporádicas como mantenimiento, limpieza, etc.
- Que en el caso de exposición a contaminantes las condiciones de trabajo de los trabajadores expuestos son representativas de las condiciones de trabajo habituales o en su caso de las peores condiciones.
- Que si las condiciones de trabajo de los trabajadores expuestos son variables se deben de tomar un número de muestras representativo de esas condiciones.