Una vez evaluados los riesgos químicos y formulado el plan de prevención, se deben seleccionar aquellas situaciones que deberían ser objeto de vigilancia sanitaria, bien porque no se ha conseguido eliminar completamente el riesgo , bien por la toxicidad de las sustancias o bien por las peculiaridades de los trabajadores expuestos (ej. trabajadores diabéticos, embarazadas, necesidad de utilización de EPIs, etc.). También pueden incluirse los riesgos supuestamente controlados con el fin de verificar que efectivamente es así (Ej. comprobar que las medidas de control ambiental evitan la aparición de enfermedades y reducen la concentración ambiental del contaminante).
RD 374/2001, art. 6.
Entre las actividades de vigilancia de la salud, los exámenes de salud o reconocimientos médicos específicos juegan un importante papel y por ello el Ministerio de Sanidad ha puesto a disposición de los médicos del trabajo unos protocolos de reconocimiento médico específico. Hasta el momento, el Ministerio ha editado los siguientes protocolos:
- Agentes anestésicos inhalatorios
- Neuropatías
- Óxido de etileno
- Agentes citostáticos
- Alveolitis alérgica extrínseca
- Plaguicidas
- Amianto
- Plomo
- Asma laboral
- Cloruro de vinilo monómero
- Dermatosis laborales
- Silicosis y otras neumoconiosis