Controlar la ejecución, los resultados y la satisfacción

Logos fundación e ISTAS

La empresa debe controlar la eficacia tanto de las medidas correctoras como de la organizacion preventiva de la que se ha dotado.

Evaluar los resultados de las medidas, los programas, y establecer nuevos objetivos

Además de lo que establece la normativa sobre el control externo de la eficacia de las medidas preventivas, resulta conveniente que la propia empresa someta a exámen su Plan de Prevención, controlando su aplicación, valorando su eficacia, y estimando la satisfacción.

El objetivo es la mejora continua de la situación preventiva de la empres, contemplando tanto los aspectos organizativos como los resultados.

Básicamente, se han de analizar tres aspectos:

  1. Verificar que se han puesto en marcha todas las medidas decididas. En caso contrario, además de corregir la situación immediatamente, hay que modificar algún elemento en el modo en que se gestiona la prevención en la empresa.
       
  2. Verificar la eficacia de las medidas adoptadas desde el punto de vista preventivo. Para ello se analizan todos los datos relevantes para cada programa en cuestión (desde registros de accidentes y enfermedades, datos de salud, evolución de la técnica o de la normativa, etc.). Se vigilará su efectiva aplicación práctica y se valorará su grado de eficacia. De esta forma, podremos introducir correcciones o buscar otras soluciones en el caso de que con las propuestas iniciales no se obtengan los resultados esperados. Deberíamos ser capaces de dar respuesta a preguntas como:
  • ¿Ha mejorado la salud de los trabajadores?
  • ¿Se han observado nuevos problemas de salud tras la aplicación de las medidas preventivas?
  • ¿Han aparecido nuevos problemas de condiciones de trabajo?
  • Comprobar que los trabajadores se encuentran satisfechos con los cambios introducidos y que no se han generado nuevos riesgos.

Además, la normativa establece que las empresas de más de 6 trabajadores que no hubieren concertado el servicio de prevención con una entidad especializada sometan su sistema de gestión a una auditoría legal externa, por una Entidad Autorizada como tal.

El objetivo es valorar la eficacia del sistema de prevención (El RD 39/1997, Reglamento de los Servicios de Prevención, Cap. V, arts 29 a 33).