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Pedro J. Linares. Secretario Confederal de Salud Laboral de CCOO
La presión coordinada de la CES y sus sindicatos afiliados logró que el pasado 11 de octubre el Consejo de la UE diera luz verde a la clasificación de los humos diesel como cancerígenos y a la adopción de un valor límite obligatorio.
La revisión de la Directiva de Cancerígenos y Mutágenos es la principal iniciativa en materia de prevención a escala europea de los últimos tiempos. La primera comunicación de la Comisión Europea ya dio lugar en diciembre de 2017 a la publicación de una Directiva y en las últimas fechas hemos asistido a las últimas etapas de la tramitación de la segunda comunicación. A la propuesta de la Comisión, que adoptaba límites de exposición profesionales obligatorios para 5 compuestas y clasificaba como cancerígenos 2 compuestos, se añadió una enmienda en el Parlamento Europeo apoyada por la Confederación Europea de Sindicatos (CES) que clasificaba como cancerígenos a los humos diesel y establecía un límite de 0,05 mg/m3 medido como carbono elemental.
La CES, pertrechada de informes que avalaban ambas medidas, inició una labor de presión ante los grupos parlamentarios en la eurocámara y nos pidió a los sindicatos afiliados que realizáramos la misma labor con los europarlamentarios de nuestros países. CCOO y UGT enviamos cartas e informes y organizamos reuniones con los disputados españoles, al igual que hicieron el resto de sindicatos de Europa. El resultado de estas gestiones fue que la enmienda salió aprobada con una amplia mayoría.
Sin embargo, el camino no acababa ahí, y el trámite pasaba al Consejo de la UE, que reúne a los Gobiernos de los diferentes países de Europa. Y en ese marco es donde estaba el principal riesgo de rechazo a la propuesta del Parlamento, tal y como había sucedido con la sílice en la tramitación de la primera comunicación. Las presiones de la industria, apoyándose en estudios de dudoso rigor que negaban la carcinogenicidad de los humos diesel y la necesidad de un valor límite, lograron un suficiente número de países para bloquear la propuesta, por lo que fue necesario activar la maquinaria sindical a nivel continental. La CES nos informó que el voto del Gobierno español era una de claves para inclinar la balanza, lo que nos obligó a iniciar gestiones con el Ministerio de Trabajo, pero la respuesta que recibimos no fue la deseada: España votaría contra la posición del Parlamento Europeo.
Pero a última hora, un hecho abría de nuevo las puertas a la esperanza. El Gobierno austriaco, que ocupa la presidencia rotatoria de la UE, organizó en septiembre un seminario sobre la cuestión. Ahí se volvieron a poner sobre la mesa los argumentos defendidos por la CES y el resultado fue una recomendación a los gobiernos de los Estados para apoyar la posición del Parlamento. Los sindicatos de los países insistimos en la reclamación a nuestros mandatarios y finalmente logramos el objetivo: el 11 de octubre se produjo la votación en el Consejo de la UE y se aprobó la inclusión de los humos diesel en el Anexo I de la Directiva, en el Anexo III con el límite de 0,05 mg/m3 que tendrá un periodo de transición de 2 años para su entrada en vigor y de 5 adicionales para minería subterránea y construcción de túneles.
No nos satisfacen plenamente todos los aspectos de este acuerdo. A nuestro juicio los periodos de transición son excesivos y algunos estudios proponen un límite más estricto para garantizar niveles de protección adecuados. Pero lo que nos ha demostrado este proceso es que una acción coordinada de la CES y de los sindicatos de los países europeos, identificando claramente el objetivo a lograr, nos permite obtener mejoras sustanciales para la seguridad y la seguridad en el trabajo. Hoy en día es en las instituciones europeas donde está en juego buena parte del marco legislativo de la prevención de riesgos. Restan por tramitar dos comunicaciones para la Directiva de Cancerígenos y Mutágenos en las que tendremos que echar el resto para quelas sustancias reprotóxicas entren en su ámbito de aplicación, se garantice la vigilancia de la salud postocupacional, se mejoren los límites para la sílice cristalina, el cromo VI y el polvo de madera o se alcance el objetivo de 50 sustancias con valor límite obligatorio. Y los sindicatos europeos tenemos que decantar con nuestra opinión el sentido del resto de Directivas que se están revisando. Pero ya sabemos que para lograrlo tendremos que seguir el camino que hemos recorrido juntos para los humos diesel.