La Unión Europea aprueba el EMAS III

El nuevo reglamento EMAS III refuerza la obligación de las organizaciones de aportar información ambiental y promueve la adhesión de las pequeñas y medianas empresas.

El pasado 22 de diciembre se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento 1221/2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS III). Los aspectos principales del nuevo EMAS son los siguientes:

- Refuerzo de las obligaciones de información ambiental. Las organizaciones deberán referirse en sus declaraciones ambientales al cumplimiento de los requisitos legales que les son de aplicación y a una serie de indicadores comunes y obligatorios para todas las empresas.
- La Comisión Europea elaborará una serie de Guías sectoriales de mejores prácticas en la gestión ambiental que deberán tenerse en cuenta en la implantación del sistema y en su verificación.
-  Se promueve la adhesión de la PYME, ampliando los plazos establecidos en el anterior Reglamento para cumplir con determinadas obligaciones y facilitando el acceso a la información y a fondos específicos adaptados a las mismas.
- Se eliminan ciertas restricciones en el empleo del logotipo EMAS.
- Se armonizan las reglas de los procedimientos de acreditación y verificación.
- Reducción de tarifas e impulso a la promoción de incentivos, subvenciones y beneficios legales para su implantación.

La participación de los trabajadores continúa siendo un requisito obligatorio y uno de los pilares fundamentales del Reglamento EMAS, reconociendo la importancia de la misma para asentar con éxito el sistema de gestión ambiental en la empresa.

Con la aprobación del nuevo Reglamento EMAS, la Unión Europea pretende incrementar sustancialmente el número de empresas que se adhieran a esta herramienta europea y equipararla en número a las que optan por la norma internacional ISO 14001. De cumplirse sus previsiones, esto supone que en un escenario de diez años habría 35.000 instalaciones actuando en la UE bajo la certificación EMAS, frente a las 7.582 registradas a finales de 2009. EMAS III será plenamente aplicable a partir de enero del 2011, al establecerse un plazo de 12 meses para modificar los procedimientos actualmente desarrollados. Hasta entonces, se seguirán aplicando los procedimientos previstos en el Reglamento 761/2001.

Texto íntegro del EMAS III
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