El pasado 23 de marzo, el Boletín Oficial del Estado publicó el Real Decreto 337/2010, que modifica el Reglamento de los Servicios de Prevención aprobado en 1997. En él se determina que para desempeñar funciones de nivel superior en prevención de riesgos laborales la persona deberá estar en posesión de una titulación universitaria y haber cursado los contenidos establecidos en el Anexo VI del propio Reglamento de los Servicios de Prevención en una universidad.
La novedad, respecto de la situación anterior, es que la formación en los contenidos del Anexo VI antes la acreditaba una entidad autorizada por la autoridad laboral, y ahora la tiene que acreditar una universidad. Esta solución resulta sorprendente, ya que todas las declaraciones anteriores de las autoridades laborales autonómicas y de la estatal apuntaban a que para desempeñar dichas funciones se iba a requerir haber cursado un master oficial en una universidad española. La solución finalmente adoptada abre el campo de juego a los títulos propios de las universidades. Quizás para la mayoría no exista diferencia apreciable, pero en realidad los “títulos oficiales” y los “títulos propios” que pueden expedir las universidades son cosas bien distintas.
Sea como fuere, el resultado inmediato de este cambio normativo es que ISTAS sigue ofreciendo formación superior en prevención de riesgos laborales a través del "Master en Prevención de Riegos Laborales: Seguridad y Salud" de la Universidad Politécnica de Madrid, en el que lleva participando más de tres años.
Como expresamente reconoce la disposición adicional primera del RD 337/2010, las personas que se capacitaron de acuerdo con el antiguo sistema siguen pudiendo desempeñar las funciones de nivel superior sin ninguna restricción.
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