El Artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, sobre Medidas de emergencia, dice:
El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas.
Para la aplicación de las medidas adoptadas, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas.
La evaluación de riesgos debe tomar en cuenta la actividad, relacionando las sustancias y materiales, las tareas habituales y posibles tareas excepcionales que puedan elevar el riesgo, las características de las instalaciones, del personal y del público que pueda estar presente, etc.
En cuanto a las sustancias y materiales, se han de analizar sus características intrínsecas, así como las cantidades y los modos de manipulación, transporte y almacenamiento, para saber si están afectadas por la normativa de accidentes graves.
Todas las empresas deben organizar la prevención de incendios y explosión de acuerdo a la normativa de prevención de riesgos laborales y a la normativa local y autonómica. Estas instancias suelen tener normativa destinada a diferentes usos que se le da a los locales. Luego, hay empresas que, por las características de las sustancias, materiales o procesos que utilizan, están sujetas también a la normativa de industria, y en su caso, tambien a la normativa de prevención de riesgos medioambientales.