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Sumario nº 05
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Dossier: Enfermedades profesionales

Existen diversos sistemas de reconocimiento de las enfermedades profesionales.

  • Lista cerrada: se establece un listado de enfermedades, asociadas a ocupaciones y/o agentes causantes. Se reconocen como enfermedades profesionales las incluidas en la lista cuando han sido contraídas en las condiciones predefinidas, sin necesidad de probar la relación causa-efecto.

  • Lista abierta: se da una definición genérica de la enfermedad profesional. Esta definición contiene una referencia a la relación causa-efecto que debe existir entre el trabajo y la enfermedad. Caso por caso, hay que probar que se da la relación causa-efecto requerida.

  • Sistema mixto: es una combinación de los dos anteriores. Algunas enfermedades están en una lista cerrada pero también hay una definición general que permite un reconocimiento caso-por-caso de otras patologías.

El sistema español es formalmente de lista cerrada aunque las previsiones del art. 115.2.e) de la LGSS hagan que se asemeje mucho a un sistema mixto. La diferencia es que las patologías reconocidas como de origen profesional en aplicación de ese artículo se consideran accidentes de trabajo y no enfermedades profesionales como parecería más lógico.

 

 

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